lunes, 11 de julio de 2016

Funciones de Voceros y Vocereas

FUNCIONES DE VOCEROS Y VOCERAS:
  •  Aprobar el ámbito geográfico del consejo comunal.
  • Aprobar la creación de comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria, con carácter permanente o temporal.
  •  Elegir y revocar a los voceros y voceras del consejo comunal a través de un proceso de elección popular comunitaria, conforme a lo que establezca la presente Ley.
  •  Elegir y revocar los integrantes de la comisión electoral.
  •  Aprobar el plan comunitario de desarrollo integral y demás planes, de acuerdo a los aspectos esenciales de la vida comunitaria, a los fines de contribuir a la transformación integral de la comunidad
  •  Garantizar el funcionamiento del ciclo comunal.
  •  Aprobar los proyectos comunitarios, de comunicación alternativa, educación, salud, cultura, recreación, actividad física y deporte,socio productivos, de vivienda y hábitat, de infraestructura, de funcionamiento, entre otros, y la creación de organizaciones socio productivas a ser propuestos ante distintos órganos y entes del Poder Público o instituciones privadas.
  •  Evaluar la gestión de cada una de las unidades que conforman el consejo comunal.
  • Aprobar las normas de convivencia de la comunidad, sin menoscabo de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.
  • Designar a los voceros o voceras del consejo comunal para las distintas instancias de participación popular y de gestión de políticas públicas.
  • .Aprobar la solicitud de transferencia de servicios.
  • Designar a los y las miembros de la comisión de contratación, conforme a la ley que regula materia.
  • Aprobar el acta constitutiva y estatutos del consejo comunal.
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